Costumbre Laboral

Práctica repetida y generalizada de una determinada conducta social que, con el uso reiterado, se convierte en una norma no escrita.

  • Condiciones de aplicación:
    • Regirá solo en defecto de ley aplicable.
    • No debe ser contraria a la moral o al orden público.
    • Debe resultar probada.
    • En el ámbito laboral, debe ser probada, local y profesional.
  • Tipos:
    • Costumbre autónoma: aquella que se aplica cuando no hay otra norma aplicable.
    • Costumbre por remisión: aquella que se aplica cuando una norma se remite a ella.
  • Limitación: su aplicación en el derecho laboral es muy limitada debido al carácter imperativo de las leyes y los pactos colectivos, aunque existen remisiones expresas en el Estatuto de los Trabajadores.