Costumbre Laboral
Práctica repetida y generalizada de una determinada conducta social que, con el uso reiterado, se convierte en una norma no escrita.
- Condiciones de aplicación:
- Regirá solo en defecto de ley aplicable.
- No debe ser contraria a la moral o al orden público.
- Debe resultar probada.
- En el ámbito laboral, debe ser probada, local y profesional.
- Tipos:
- Costumbre autónoma: aquella que se aplica cuando no hay otra norma aplicable.
- Costumbre por remisión: aquella que se aplica cuando una norma se remite a ella.
- Limitación: su aplicación en el derecho laboral es muy limitada debido al carácter imperativo de las leyes y los pactos colectivos, aunque existen remisiones expresas en el Estatuto de los Trabajadores.