Incapacidad Permanente Parcial para la Profesión Habitual

Es uno de los tipos de incapacidad laboral permanente que implica una disminución igual o superior al 33% del rendimiento normal para la profesión habitual del trabajador, pero sin impedirle desarrollar las tareas fundamentales de dicha profesión. Se compensa con una única indemnización.

  • Compensación: Indemnización equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora que determina la prestación por incapacidad temporal.