Movilidad de trabajadores con discapacidad
Supuesto de movilidad a iniciativa de la parte trabajadora. Las personas que acrediten necesitar recibir algún tratamiento de rehabilitación psicológico o físico relacionado con su discapacidad, y con el objetivo de hacer efectivo su derecho de protección a la salud, tienen reconocido un derecho preferente a ocupar otro lugar de trabajo, de igual grupo profesional, que la empresa tenga vacante en cualquiera de sus centros de trabajo en una localidad en la que el tratamiento requerido sea más accesible para el trabajador.
- Condiciones: Los términos de este derecho preferente a la movilidad geográfica son los mismos que para los casos de protección de las víctimas de terrorismo y víctimas de violencia de género.