Movilidad por condición de víctima de violencia de género
Supuesto de movilidad a iniciativa de la parte trabajadora. Si una trabajadora tiene reconocida la condición de víctima de violencia de género y se ve obligada a dejar su lugar de trabajo en la localidad en que vivía para hacer efectivas las medidas de protección o su derecho a asistencia social integral, tendrá derecho preferente a ocupar otro lugar de trabajo en otro centro de la misma empresa del mismo grupo profesional o categoría profesional equivalente que la empresa tenga vacante.
- Duración inicial: Este cambio será inicialmente de 6 meses.
- Decisión posterior: Transcurrido este tiempo, la trabajadora deberá decidir si volver a su lugar de trabajo de origen u optar definitivamente por su nuevo lugar de trabajo.
- Comunicación de vacantes: La empresa tiene la obligación de comunicar las vacantes existentes en cada momento.