Prestación por Incapacidad Permanente
Es la prestación que cubre la situación de un trabajador que, tras haber seguido un tratamiento médico, tiene unas reducciones funcionales o anatómicas previsiblemente definitivas que disminuyen o anulan su capacidad para trabajar. Existen diferentes tipos o niveles de incapacidad laboral:
- Incapacidad Permanente Parcial para la Profesión Habitual: Disminución igual o superior al 33% del rendimiento normal para la profesión, pero que no impide desarrollar las tareas fundamentales. Se cobra una única indemnización equivalente a 24 mensualidades de la propia base reguladora que determina la prestación por incapacidad temporal.
- Incapacidad Permanente Total para la Profesión Habitual: Inhabilita al trabajador para cumplir todas las tareas de una profesión concreta, pero puede dedicarse a otra. Se cobra un 55% de su base reguladora, aumentable al 75% si el trabajador tiene más de 55 años y cuando, por diversas circunstancias, se presuma la dificultad de obtener empleo en actividades distintas a la habitual.
- Incapacidad Permanente Absoluta para Todo Tipo de Trabajo: Provoca la inhabilitación para todo tipo de profesión u oficio. Se cobrará durante toda la vida un 100% de la base reguladora.
- Gran Invalidez: El trabajador incapacitado necesita, además, la asistencia de otra persona para las cosas más básicas, esenciales y fundamentales de la vida. Se cobra durante toda la vida el 100% de la base reguladora, incrementada con un complemento del 45% de la base mínima de cotización vigente más el 30% de la última base de cotización.