Prestación por Riesgo durante el Embarazo y la Lactancia Natural

Prestación económica que cubre la pérdida de ingresos que se produce cuando la trabajadora es declarada en situación de suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural. Esto ocurre en los supuestos en que, debiendo cambiar de actividad o de puesto de trabajo por otro compatible con su estado, dicho cambio no resulte técnica u objetivamente posible o no pueda exigirse, de forma razonable, por motivos justificados.

Contexto:

  • Se engloba dentro de la acción protectora de todos los regímenes del Sistema de la Seguridad Social.
  • Se concederá en los términos y condiciones previstas para la prestación económica de incapacidad temporal.

Requisitos de la trabajadora:

  • Afiliación: Estar afiliada a la Seguridad Social.
  • Alta: Estar dada de alta.
  • Autónoma: Si es autónoma, debe estar al corriente de pago de las cuotas.
  • Periodo mínimo de cotización: No existe.

Cuantía: Consiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora.

Duración:

  • Nacimiento de la prestación: el día en que se inicie la suspensión del contrato de trabajo.
  • Finalización de la prestación:
    • Riesgo de embarazo: el día anterior al de la maternidad.
    • Lactancia natural: se extinguirá en el momento en que el hijo cumpla los 9 meses o se haya reincorporado con anterioridad a su puesto de trabajo u a otro compatible con su situación.