Equipo de trabajo
Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado para el desarrollo del trabajo. No debe ser un peligro para el trabajador y, por tanto, debe estar construido según unas determinadas disposiciones que regulan, entre varios aspectos, los elementos de peligrosidad especial.
- Disposiciones mínimas para máquinas:
- Órganos de accionamiento: visibles e identificables.
- Puesta en funcionamiento: únicamente de forma voluntaria.
- Orden de detención: prioritaria al resto.
- Resguardos de seguridad o dispositivos de protección: si los elementos móviles son peligrosos.
- Advertencias y señalizaciones: para garantizar la seguridad de los trabajadores.
- Fabricantes: deben seguir las normas técnicas aplicables a la máquina que fabrica para que no comprometa la seguridad ni la salud de las personas y pueda obtener el marcado CE (Conformidad Europea) para su comercialización libre en los Estados miembros de la UE.
- Principales riesgos que tienen los trabajadores: mecánicos, como cortes, golpes, aplastamientos, etcétera.