Tema 2 - Prevención de Riesgos Laborales
1. El Trabajo y la Salud: Riesgos Profesionales
Riesgo Laboral: Posibilidad de que un trabajador sufra daño debido al trabajo. Factor de Riesgo: Objeto, sustancia o característica que puede provocar daño. Surgen de:
- Características del centro de trabajo (máquinas, instalaciones…)
- Condiciones medioambientales (temperatura, agentes físicos/químicos/biológicos)
- Carga de trabajo y condiciones psicofísicas (malas posturas, esfuerzo excesivo…)
- Circunstancias personales del trabajador (edad, estado de salud…)
Evaluación de Riesgos (Método INSST)

Pasos: 1. Identificar riesgos → 2. Establecer nivel de deficiencia → 3. Evaluar gravedad potencial
2. Daños, Accidentes y Patologías
Accidente de Trabajo
Suceso anormal, no deseado, brusco e inesperado que interrumpe el trabajo. Legalmente (LGSS): lesión corporal sufrida en ocasión o consecuencia del trabajo por cuenta ajena.
También se considera accidente de trabajo:
- Accidente in itinere: en el trayecto de ida/vuelta al trabajo
- Los ocurridos por órdenes del empresario o en interés de la empresa
- Enfermedades contraídas por la ejecución de la tarea (si se prueba causa)
- NO es accidente: imprudencia temeraria del trabajador o fuerza mayor ajena al trabajo
- Accidente blanco/incidente: sin daños personales, puede interrumpir trabajo o causar daños materiales
Enfermedad Profesional
Deterioro gradual y lento de la salud por exposición crónica a condiciones adversas. Requiere relación causal demostrable. Regulada en el cuadro de la LGSS.
Patologías Inespecíficas (no directamente laborales, pero agravadas por el trabajo)
- Fatiga: 3 niveles (desaparece con reposo / postración / trastornos físicos graves)
- Insatisfacción: por trabajo rutinario, estrés, falta de autonomía
- Estrés: tensión por exceso de trabajo o incapacidad de alcanzar objetivos → agresividad, ansiedad, baja laboral
- Envejecimiento prematuro: por fatiga crónica acumulada
3. Marco Normativo (LPRL - Ley 31/1995)
Regula derechos y obligaciones. El incumplimiento genera responsabilidades administrativas, civiles y penales. La Prevención recae fundamentalmente sobre el empresario.
Derechos del Trabajador
- Recibir EPI (Equipos de Protección Individual) adecuados y gratuitos
- Formación e información sobre riesgos
- Vigilancia de la salud (reconocimientos médicos)
- Paralizar actividad ante riesgo grave e inminente sin ser sancionado
- Participación en materia preventiva
Obligaciones del Trabajador
- Usar correctamente máquinas, herramientas y EPI
- No desactivar dispositivos de seguridad
- Informar al superior de cualquier situación de riesgo
- Cooperar con el empresario en materia preventiva
Obligaciones del Empresario
- Asumir los costes de las medidas preventivas
- Planificar la Evaluación de riesgos y la acción preventiva
- Garantizar formación, información y EPI gratuitos a los trabajadores
- Elaborar el Plan de Prevención
- Proteger colectivos sensibles: trabajadores sensibles a riesgos, menores, temporales, embarazadas/lactancia
4. Riesgos Ligados a las Condiciones de Seguridad
Puestos de Trabajo
Área donde el trabajador permanece o accede. Incluye zonas de descanso, lavabos, comedores… Accidentes principales: caídas al mismo/diferente nivel, choques, cortes, proyección de partículas.
Equipos de Trabajo
Cualquier máquina o aparato usado en el trabajo. Deben tener:
- Órganos de accionamiento visibles e identificables
- Puesta en marcha solo de forma voluntaria
- Resguardos en elementos móviles peligrosos
- Marcado CE obligatorio para comercialización en la UE
Instalaciones Eléctricas
Riesgo Eléctrico: posibilidad de contacto del cuerpo con corriente eléctrica.
- Contacto directo: toca parte activa de la instalación
- Contacto indirecto: toca elemento con tensión accidental Efectos: golpes, caídas, quemaduras, muerte por asfixia o paro cardiaco.
Incendios - Tetraedro del Fuego
Se necesitan 4 elementos: Comburente + Combustible + Calor + Reacción en cadena
Extinción (eliminar uno de los 4):
- Segregación: retirar el combustible
- Sofocación: excluir el oxígeno
- Enfriamiento: reducir la temperatura (agua)
- Inhibición: cortar la reacción en cadena (polvo)
Clases de fuego:
- A: sólidos orgánicos (madera, papel) → agua a chorro (no con electricidad)
- B: líquidos inflamables (gasolina, aceite)
- C: gases (metano, propano, butano)
- D: metales combustibles (magnesio, sodio)
- F: grasas/aceites de cocina

5. Riesgos Ligados al Medio Ambiente de Trabajo
Principal causa de enfermedades profesionales.
Agentes Físicos
- |Ruido: medido en decibelios (dB). Límite: 87 dB en 8h / máx. 140 dB de corta duración. Se mide con sonómetro o dosímetro.
- Vibraciones: medidas en Hz. Límite mano/brazo: 5m/s². Límite cuerpo entero: 1,15 m/s²
- Iluminación: debe garantizar confort visual adecuado
- Temperaturas extremas, Radiaciones…
Agentes Químicos
Contaminantes en forma de polvo, gases, vapores o aerosoles. Vías de entrada: inhalatoria, dérmica, digestiva.
Agentes Biológicos
- Bacterias (tuberculosis, cólera…)
- Virus (hepatitis B, ébola…)
- Hongos
- Protozoos (paludismo…)
- Parásitos (sarna, anisakiasis…)
6. Carga de Trabajo, Fatiga e Insatisfacción
Carga de trabajo: esfuerzo para realizar la actividad laboral → puede generar fatiga física o mental. Cuando la fatiga se vuelve crónica: descenso del rendimiento y deterioro de la salud.
Factores psicosociales (OMS):
- Según el tipo de trabajo: tareas repetitivas, responsabilidad, aislamiento…
- Según organización: turnos, estabilidad, cohesión del grupo, estilo de mando…
Consecuencias:
- Estrés laboral
- Burnout (síndrome del quemado)
- Boreout (malestar por aburrimiento/falta de trabajo)
- Mobbing (acoso laboral)
7. Sistemas de Control de Riesgos
Medidas de Prevención (actúan sobre el origen del riesgo)
- Seguridad en el trabajo: evitar accidentes actuando sobre sus causas
- Higiene industrial: técnicas no médicas que analizan agentes físicos/químicos/biológicos
- Ergonomía: adaptar el Puesto de trabajo al trabajador para evitar daños físicos
- Psicosociología: combatir la insatisfacción generada por la Organización del trabajo
- Medicina Laboral: función preventiva, reparadora y rehabilitadora
Medidas de Protección Colectiva (protegen a más de un trabajador)
- Resguardos en máquinas
- Barandillas, plataformas
- Redes de seguridad
- Interruptores diferenciales
- Señalización de riesgos
EPI - Equipos de Protección Individual
Protegen al trabajador de riesgos específicos. Deben estar homologados con marcado CE y son gratuitos a cargo del empresario.
Categorías:
- Cat. 1: riesgos mínimos (guantes jardín, gafas de sol, zapatos normales)
- Cat. 2: riesgos elevados con consecuencias graves (protección auditiva, casco, calzado de seguridad…)
- Cat. 3: riesgos mortales o irreversibles (protección respiratoria, anticaídas, protección eléctrica…)
Señalización de Seguridad (RD 485/1997)
| Tipo | Forma/Color | Significado | |
|---|---|---|---|
| Prohibición | Círculo rojo, fondo blanco, pictograma negro | Prohíbe comportamiento peligroso | |
| Advertencia | Triángulo amarillo, pictograma negro | Advierte de riesgo | |
| Obligación | Círculo azul, pictograma blanco | Obliga a comportamiento | |
| Salvamento | Rectángulo verde, pictograma blanco | Salidas/primeros-auxilios | Primeros Auxilios |
| incendio | Incendios | Rectángulo rojo, pictograma blanco | Equipos contra incendio |
| Luminosas | Materiales translúcidos iluminados desde dentro | — | |
| Acústicas | Señal sonora codificada | - | — |
| Gestuales | Movimiento de manos/brazos codificado | — |
8. Plan de Emergencia y Plan de Autoprotección
Plan de Emergencia (art. 20 LPRL - Ley 31/1995)
Obligatorio para todas las empresas con trabajadores por cuenta ajena. Documento de uso interno. Debe contener: formación periódica, simulacros (mínimo 1/año), mantenimiento de instalaciones, vías de evacuación.
Tipos de emergencia según gravedad:
- Conato de emergencia: afecta zona concreta, se controla con medios propios
- Emergencia parcial: requiere equipos de intervención del sector afectado
- Emergencia general/total: requiere todos los medios + ayuda exterior, posible evacuación total
Elementos del plan de evacuación:
- Equipo de evacuación: guía a las personas, controla flujo de salida
- Vías de evacuación: visibles, iluminadas y señalizadas
- Punto de reunión: control de ausencias/bajas
- Centro de comunicaciones: aislado y protegido, con pulsadores de alarma y planes de emergencia
Plan de Autoprotección (RD 393/2007)
Para empresas con actividades generadoras de riesgos. Más complejo que el plan de emergencia. Requiere registro administrativo.
Objetivos y Obligatoriedad:
- Finalidad: Controlar riesgos en la zona de responsabilidad del titular e integrarse en el sistema público de protección civil.
- Empresas obligadas: Aquellas que desarrollan actividades generadoras de riesgos o susceptibles de emergencias, según el Anexo I del RD 393/2007.
Gestión Administrativa:
- Registro: Debe inscribirse en el órgano competente de la comunidad autónoma al inicio de la actividad.
- Revisión: Es obligatorio revisarlo como mínimo cada 3 años.
- Mantenimiento: La empresa debe desarrollar actuaciones para mantener la eficacia del plan de forma permanente.
Requisitos del Documento:
- Documento único: Su estructura y contenido mínimo están regulados por el Anexo II del citado Real Decreto.
- Firmas obligatorias:
- Redactado y firmado por un técnico competente capacitado.
- Suscrito y firmado por el titular de la actividad.
Estructura Organizativa:
- Jerarquía: Establece una organización interna para el personal existente.
- Responsabilidades: Fija funciones claras para cada miembro de la organización en situaciones críticas.
Implantación y Recursos:
- Capacitación: Incluye la formación obligatoria del personal sobre los contenidos del plan.
- Información: Establece mecanismos para informar al público sobre las medidas de seguridad.
- Medios materiales: Garantiza la provisión de recursos necesarios para que el plan sea aplicable.
DIFERENCIAS ENTRE EL PLAN DE EMRGENCIA Y EL DE AUTOPROTECCIÓN
| Característica | Plan de Emergencia | Plan de Autoprotección |
|---|---|---|
| Base Legal | Artículo 20 de la Ley 31/1995 (LPRL). | Real Decreto 393/2007 (Norma Básica de Autoprotección). |
| Obligatoriedad | Todas las empresas que tengan contratados trabajadores por cuenta ajena. | Empresas con actividades generadoras de riesgos o susceptibles de emergencias (según Anexo I del RD). |
| Objetivo Principal | Prever la organización de la respuesta para el control inicial de una emergencia (alarma, evacuación y socorro). | Prevenir y controlar riesgos sobre personas y bienes, integrando las actuaciones en el sistema público de protección civil. |
| Naturaleza del documento | Documento de uso interno de la empresa. | Documento único, más complejo y de carácter administrativo. |
| Registro | No requiere registro en ningún órgano administrativo. | Debe ser registrado obligatoriamente en el órgano competente de la comunidad autónoma. |
| Elaboración y Firma | Responsabilidad del empresario; no exige un técnico externo específico. | Debe estar redactado y firmado por un técnico competente y suscrito por el titular de la actividad. |
| Revisión | Se actualiza según las necesidades del plan preventivo de la empresa. | Debe revisarse como mínimo cada 3 años. |
9. Control de la Salud de los Trabajadores
La vigilancia de la salud es un derecho del trabajador y una obligación del empresario. Debe ser: voluntaria (salvo excepciones), confidencial, proporcional al riesgo y realizada por personal sanitario.
10. Organismos Públicos
- OIT (Org. Internacional del Trabajo):
- Es un organismo especializado de la ONU.
- Dicta Convenios (que son obligatorios si el país los ratifica) y Recomendaciones (que no son vinculantes).
- Agencia Europea para la Seguridad y Salud:
- Muy importante: su sede está en Bilbao.
- Su labor es principalmente recopilar y dar información útil a los países miembros.
- INSST (Inst. Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo):
- Es el “cerebro” técnico en España.
- Si tienes dudas técnicas sobre cómo usar una máquina o evaluar un riesgo, acudes a sus guías y manuales.
- Comisión Nacional de Seguridad y Salud:
- Es un órgano paritario (formado por Administraciones, sindicatos y empresarios).
- Participa en la creación de las leyes y planes nacionales de salud laboral.
- Inspección de Trabajo y Seguridad Social:
- Es la “policía” del trabajo.
- Poderes especiales: Tienen la autoridad para ordenar la paralización inmediata de cualquier obra o tarea si detectan un riesgo grave e inminente para los trabajadores
| Organismo | Ámbito | Capacidad | Función Principal |
|---|---|---|---|
| OIT | Internacional | Normativa | Elaborar y supervisar normas mundiales (Convenios vinculantes). |
| Agencia Europea | Europeo | Informativa | Aportar información técnica y científica a la UE (Sede en Bilbao). |
| INSST | Nacional | Técnica | Asesoramiento, estudio y formación técnica (depende de Trabajo). |
| Comisión Nacional | Autonómico | Consultiva | Órgano colegiado que asesora a las AAPP en políticas preventivas. |
| Inspección de Trabajo | — | Ejecutiva | Vigilar, controlar y sancionar el cumplimiento de la ley |
11. Organización del Trabajo Preventivo
Etapas de Prevenció
-
Etapa de Organización:
- Organiza: trabajadores, empresa, emergencias, org. mixta
-
Etapa de Control:
- Documentación / Auditorías / Lista de Seguimiento de Objetivos.
-
Etapa de Seguimiento:
- Planifica la actividad preventiva y evalúa los Riesgos
-
Etapa de Ejecución
- Información a los trabajadores.
- Implantación de medidas preventivas.
- Formación.
- Vigilancia médica.
- Medidas de emergencia.
- Protección de trabajadores sensibles.
- Coordinación de actividades empresariales.
- Relaciones de trabajo de duración determinada.
- Equipos de trabajo y EPI’s.
- Plan de prevención.
- Investigación de accidentes.
12. Representación de los Trabajadores en Prevención
Los trabajadores participan en la gestión de la seguridad a través de sus representantes. Existen dos figuras clave dependiendo del tamaño de la empresa.
1. Delegados de Prevención
Son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en prevención de riesgos laborales. Su función principal es colaborar con la dirección, ser consultados sobre decisiones de planificación y acompañar a los inspectores de trabajo.
Número de Delegados según la plantilla :
| Número de Trabajadores | Delegados de Prevención |
|---|---|
| 11 a 30 | 1 (es el Delegado de Personal) |
| 31 a 49 | 1 (elegido entre los Delegados de Personal) |
| 50 a 100 | 2 |
| 101 a 500 | 3 |
| 501 a 1.000 | 4 |
| 1.001 a 2.000 | 5 |
| 2.001 a 3.000 | 6 |
| 3.001 a 4.000 | 7 |
| Más de 4.000 | 8 |
2. Comité de Seguridad y Salud
Es el órgano paritario (igual número de representantes de cada lado) y colegiado destinado a la consulta periódica de las actuaciones preventivas.
- ¿Cuándo se crea?: Es obligatorio en empresas de 50 o más trabajadores.
- Composición: Está formado por los Delegados de Prevención (parte social) y el empresario o sus representantes (parte empresarial) en número igual.
- Reuniones: Se debe reunir de forma trimestral como mínimo, o siempre que una de las partes lo solicite.
- Voz pero no voto: Los delegados sindicales y los técnicos de prevención pueden asistir a las reuniones para asesorar, pero no tienen voto en las decisiones
13. Documentación Preventiva
Plan de Prevención de Riesgos Laborales
Herramienta para integrar la actividad preventiva en la gestión de la empresa. Obligatorio para toda empresa con al menos 1 trabajador por cuenta ajena. Contiene: identificación empresa, política preventiva, estructura jerárquica, organización de la prevención.
Proceso:
- Evaluación de riesgos: análisis (identificar peligros, probabilidad, gravedad) + valoración (trivial/tolerable/moderado/importante/intolerable)
- Planificación preventiva: según nivel de riesgo:
- Trivial → sin acción
- Tolerable → comprobaciones periódicas
- Moderado → reducir en plazo determinado
- Importante → actuar de inmediato
- Intolerable → paralización del trabajo
14. Primeros Auxilios
Protocolo PAS: Proteger → Avisar → Socorrer
Triaje (múltiples víctimas)
| Color | Prioridad | Características |
|---|---|---|
| Rojo | I - Urgente | Graves pero recuperables (parada cardiorrespiratoria presenciada) |
| Amarillo | II - Demorable | Graves pero estables, pueden esperar |
| Verde | III - Leve | No urgentes |
| Negro | IV - Sin atención | Fallecidos o sin posibilidades de supervivencia |
Soporte Vital Básico
- Inconsciente + respira → PLS (Posición Lateral de Seguridad)
- Inconsciente + no respira → RCP (Reanimación Cardiopulmonar): 30 compresiones + 2 ventilaciones
- DESA: Desfibrilador Semiautomático → analiza ritmo cardíaco y aplica descarga si necesario
Hemorragias
- Externa: compresión directa → si no cede, compresión arterial → Torniquete (última medida, sobre ropa, anotar hora)
- Interna: signos sed, pulso débil, sudor frío) → trasladar urgentemente
- Nariz: sentado con cabeza hacia adelante, comprimir orificio 5 min
- Oído: no taponar, cubrir con gasa, posición lateral hacia el lado que sangra
Traumatismos
- Fractura: pérdida de continuidad del hueso. No mover si no hay riesgo vital. Inmovilizar y llamar emergencias.
- Esguince: distensión de ligamentos. Inmovilizar, elevar la zona, aplicar frío local.
- Luxación: separación de dos superficies articulares. Inmovilizar, frío local, trasladar a centro médico.
- Contusión: inflamación de piel sin lesión externa. Aplicar hielo. Si grave, inmovilizar y elevar.
Maniobra de Heimlich (obstrucción vía aérea)
Objetivo: aumentar presión intratorácica para expulsar el cuerpo extraño.
- Situarse detrás de la víctima, brazos alrededor de la cintura
- Puño por encima del ombligo, compresiones rápidas hacia arriba y adentro
- Repetir hasta expulsar el objeto o pérdida de consciencia → iniciar RCP